Asistencia

Se conceden dos tipos de ayudas: las prestaciones educacionales y las asistenciales. Pueden beneficiarse de ellas las personas que hayan sido médicos colegiados, viudos / as o huérfanos de médicos colegiados.

Prestaciones educacionales para huérfanos de médicos

  • Ayuda económica puntual para huérfanos de médicos o médica colegiado, madre / padre o ambos incluidos, y que sean menores de 21 años.
    La ayuda se para:
    • Becas para estudios superiores académicos (no incluidos Masters, pruebas de acceso, etc ...).
    • El coste de expedición de títulos académicos.
  • Prestación periódica mensual para los huérfanos absolutos (de padre y madre).

Prestaciones asistenciales

Prestaciones periódicas mensuales para:

  • Viudos/as de médicos/as.
  • Médicos/as jubilados/as.
  • Médicos/as discapacitado/as.
  • Huérfanos de médicos/as discapacitado/as.

En todos los casos los perceptores de la ayuda deben tener unos ingresos inferiores a los máximos establecidos por el Programa de Protección Social, por todos los conceptos.

Prestacions educatives i assistencials de caràcter periòdic