Se conceden dos tipos de ayudas: las prestaciones educacionales y las prestaciones asistenciales.
Prestaciones educacionales para huérfanos de médicos
- Prestación periódica mensual para huérfanos de médicos menores de 21 años.
- Prestación anual para huérfanos de médicos de 21 a 25 años.
La ayuda se para: - Becas para estudios oficiales.
- Gastos de expedición de títulos oficiales
Prestaciones asistenciales (*)
Prestaciones periódicas mensuales para:
- Viudos/as de médicos.
- Médicos jubilados.
- Médicos discapacitados.
- Huérfanos de médicos discapacitados
(*) En todos los casos, la persona beneficiaria de la ayuda debe tener unos ingresos inferiores a los máximos establecidos por el Programa de Protección Social, para todos los conceptos.