Esta web utiliza cookies que permiten el funcionamiento y la prestación de los servicios de la web así como cookies analíticas y de sesión que almacenan y recuperan información cuando navegas. Clica AQUÍ para más información o para cambiar la configuración de las cookies.
Puedes aceptar las cookies de anàlisis pulsando ACEPTAR o RECHAZAR.
Aceptar Rechazar
Reserva un día y hora para realizar un trámite en las oficinas de Atención al Colegiado y ser atendido por uno de nuestros asesores.
colegiado
No colegiado
Te facilitamos la búsqueda de documentos y publicaciones del CoMB con esta herramienta documental
Acceso a la búsqueda avanzada.
A partir de 2026, entrarán en vigor nuevas obligaciones y requisitos legales que exigirán la adaptación de los sistemas informáticos de facturación. El sistema VERI*FACTU, promovido por la Agencia Tributaria, representa una transformación significativa en la emisión de facturas para empresas y personas autónomas. VERI*FACTU no es un software específico, sino un sistema de control fiscal que exige el uso de programas de facturación certificados para garantizar la trazabilidad, seguridad y transparencia de cada operación comercial.
¿Cuándo entran en vigor?
Los sistemas informáticos de facturación tendrán que estar adaptados:
¿Cuáles son la opciones de cumplimiento?
La normativa prevé dos modalidades para adaptarse a las nuevas obligaciones:
Se exime de la obligación de adaptar los sistemas de facturación a las sociedades y personas físicas acogidas al SII-IVA (Suministro Inmediato de Información del IVA), tanto si lo están por obligación como si han accedido voluntariamente.
¿Qué hay que hacer ahora?
¿Cuál es la sanción por incumplimiento?
La sanción por utilizar un sistema informático de facturación que no cumpla con los requisitos exigidos por la norma es de 50.000 € por ejercicio fiscal completo.
Más información