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L’activitat sanitària s’inclou en els ajuts de suport a la solvència empresarial en resposta a la COVID-19

La actividad sanitaria se incluye en las ayudas de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la COVID-19

Después de numerosas reivindicaciones de patronales y diversos sectores económicos y profesionales, el Gobierno de la Generalitat ha aprobado la ORDEN ECO/153/2021, de 16 de julio, por la que se abre el trámite de inscripción previa de las ayudas extraordinarias directas de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de la COVID-19, haciéndolas extensivas a la totalidad de los sectores económicos, incluyendo, por tanto, todo tipo de actividad sanitaria, hasta ahora excluida del catálogo de actividades de las ayudas actuales, como de otras actividades profesionales que ahora también se incluyen.

Para optar a la ayuda, hay que presentar la inscripción previa durante el plazo que va del 21/07/2021 hasta el 30/07/2021, a las 15 horas.

Estas ayudas están sujetas a unas condiciones y requisitos, algunos de los cuales se detallan a continuación:

  • Las ayudas van dirigidas a profesionales y empresas que estaban activas durante los ejercicios 2019 y 2020, que continúen en la actividad actualmente y el volumen de operaciones anual de los que, en 2020, se haya visto reducido en más de un 30% respecto 2019.
  • La ayuda se destinará a satisfacer la deuda y los pagos a proveedores y otros acreedores y los costes fijos incurridos pendientes de pago, siempre que éstos se hayan devengado entre el 1 de marzo de 2020 y el 31 de mayo de 2021 y procedan de contratos anteriores al 13 de marzo de 2021.
  • En el apartado de exclusiones, cabe destacar que no pueden ser destinatarios aquellos que declararon un resultado negativo en 2019 y los que tienen un volumen de deuda subvencionable inferior a 4.000 €. El límite máximo de las ayudas será de 200.000 €.
  • Se deberá mantener la actividad hasta el 30/06/2022, no repartir dividendos durante los ejercicios 2020 y 2021 y no aprobar incrementos retributivos en la alta dirección durante dos años.

Podéis obtener más información en: