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COVID-19: com ha d’actuar el metge davant la sol·licitud d’informe d’exempció de l’ús de mascareta. Nota del CCMC

Cómo debe actuar el médico ante la solicitud de un informe de exención del uso de mascarilla

En el contexto de la pandemia de COVID-19, la normativa estatal y autonómica obliga al uso de la mascarilla y define las condiciones y las excepciones. La mascarilla es una herramienta reconocida en todo como eficaz, tanto como protección personal como para reducir la expansión comunitaria de las virasis respiratorias y también de la COVID-19, junto con las otras medidas de higiene y reducción de la interacción social. Sin embargo, los médicos y médicas reciben, de vez en cuando, peticiones por parte de ciudadanos que piden informes médicos de exención del uso de la mascarilla. Ante estas situaciones, el Consejo de Colegios de Médicos de Catalunya (CCMC) ha publicado la nota COVID-19: cómo debe actuar el médico ante la solicitud de un informe de exención del uso de la mascarilla. Nota del CCMC, en la que recuerda que no existen contraindicaciones absolutas para el uso de la mascarilla y que las limitaciones son mínimas y excepcionales.

 

  • Salvo la edad inferior a dos años, no existen contraindicaciones absolutas para el uso de la mascarilla y las limitaciones son mínimas y excepcionales.
  • Las personas que sufren enfermedad respiratoria crónica, lejos de que su enfermedad constituya una contraindicación para el uso de mascarilla, son los más vulnerables ante la COVID-19 y, por lo tanto, merecedores de una protección más estricta.
  • Ante la petición de un informe médico eximente del uso de mascarilla, el médico hará una valoración individual, tanto de las dificultades de la persona para hacer un uso adecuado, como de los riesgos de no llevar, informando debidamente al interesado.
  • Situaciones clínicas excepcionales, aunque no constituyen una contraindicación para el uso de la mascarilla, pueden conllevar ciertas dificultades para hacer un uso adecuado y continuado. En los casos en que se haya de hacer un uso discontinuo o intermitente, hay que insistir en que el uso debe ser, sobre todo, cuando la persona está en espacios cerrados y cuando no se puedan mantener las distancias.
  • El contenido del informe debe ser objetivo y veraz y referirse al estado de salud del paciente y a datos contrastados y valorados por el profesional. El informe no eximirá del uso de la mascarilla, sino que indicará que, atendiendo a la patología de la persona, es posible que no pueda llevar la mascarilla de manera continuada o de manera correcta.
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