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El CoMB y su grupo de empresas de servicios (Grup Med), comunican a la colegiación que se han decretado por parte del gobierno español medidas complementarias a las establecidas en la declaración del estado de alarma, consistentes en la mayor restricción del ejercicio de determinadas actividades y servicios que ahora se declaran no esenciales, a fin de paliar los efectos derivados de la COVID-19. Su entrada en vigor es inmediata a la publicación ayer en el BOE.
Estas disposiciones no afectan obviamente a la actividad sanitaria, y en particular el ejercicio de la profesión médica, que se mantiene como servicio básico y esencial, y al que no le afectan las medidas que se contemplan por los servicios no esenciales, consistentes principalmente en otorgar con carácter general un permiso retribuido recuperable todos los trabajadores pertenecientes a servicios no esenciales. El Real Decreto-Ley aprobado (https://www.boe.es/boe/dias/2020/03/29/pdfs/BOE-A-2020-4166.pdf) declara los servicios y actividades que no disfrutarán de ese beneficio laboral, y que por lo tanto vienen a ser esenciales para coadyuvar a la lucha contra la pandemia.
El Colegio debe considerarse actividad o servicio esencial a los efectos de este estado de alarma, como corporación profesional de derecho público del sector sanitario que tiene otorgadas funciones públicas, en estos momentos altamente relevantes, por estar relacionadas directa o indirectamente con la gestión de la emergencia sanitaria.
En este sentido, los servicios propiamente colegiales continuarán funcionando de la misma manera que han funcionado desde la declaración del estado de alarma, por lo que la mayoría de su personal continuará trabajando en modalidad de teletrabajo, y un reducido y seleccionado número de personas -cumpliendo las instrucciones profilácticas que corresponden a esta situación-, seguirá prestando servicio presencial para atender las peticiones que necesariamente no se puedan resolver online o telefónicamente, o para coadyuvar a cuestiones organizativas y de apoyo inmediato a los colegiados, a la autoridad sanitaria competente, a las instituciones del sistema sanitario público y el sector de provisión privada.
Igualmente, el personal de las empresas de servicios del Grup Med presta sus servicios prioritariamente en la modalidad teletrabajo, excepto aquellos que por su naturaleza requieren de la presencia de algunos trabajadores.
Por ello, os encomendamos a seguir utilizando los canales de contacto que hasta ahora tenéis con nuestros trabajadores y colaboradores del Colegio y del Grupo Med desde el estado de alarma, y que no utilicéis la visita presencial, excepto si es imprescindible y no aplazable la gestión que se tenga que hacer.
Los servicios presenciales que se prestarán en el CoMB y en las oficinas de las sociedades son:
- Gestión de nuevas colegiaciones (sólo las no tramitables online), credenciales de habilitación profesional para médicos voluntarios (por ejemplo, jubilados o recién graduados), entrega de certificados digitales - Unidad de Atención al Colegiado (UAC).
- Atención principalmente telefónica de asesoría jurídica para conflictos profesionales y coordinación de la asesoría jurídica-laboral en el marco del estado de alarma - Unidad de Asesoría Jurídica.
- Servicios de atención financiera para BBVA - Med1.
- Servicios de atención aseguradora: Medicorasse.
- Centralita de atención telefónica, servicios informáticos y servicios de mantenimiento general.