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Documento del COMB sobre dispositivos de Atención Residencial

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Las residencias geriátricas tienen consideración de establecimientos de servicio social. Sin embargo, en estos centros, debido a las características de las personas ingresadas que presentan en muchos casos morbilidad de tipo crónico, hay una creciente demanda sanitaria, y esto hace que el requerimiento de atención médica sea cada vez más elevado.   

Es responsabilidad del Centro de Atención Primaria del territorio en el que radica la residencia, la prestación de la asistencia médica a las personas que están ingresadas, y con esta función en algunos territorios se han desplegado los EARs, equipos de apoyo residencial, para reforzar la atención de los pacientes con elevada complejidad. Equipos que tienen que trabajar en estrecha coordinación con el personal de la residencia.   

Los responsables higiénico-sanitarios de las residencias geriátricas, de conformidad con el Decreto 284/1996 de regulación del Sistema Catalán de Servicios Sociales, deben velar para que el usuario pueda acceder a los recursos sanitarios públicos, todo ello, sin perjuicio de aquellos otros recursos sanitarios que pudiera tener acceso.   

Dejar la carga asistencial que genera una residencia geriátrica en un único recurso público puede provocar disfunciones asistenciales y llegar a comprometer la calidad de la asistencia médica, por lo que es muy habitual que las residencias geriátricas pongan a disposición de sus residentes servicios de asistencia sanitaria propios, con dedicación horaria variable según los tipos de residencias, y que están dirigidos a facilitar el seguimiento asistencial de las personas ingresadas.    
Además, las residencias geriátricas receptoras de los beneficiarios de los programas de acogida a las personas mayores del ICASS (Orden BEF/305/2005, de 4 de julio) ven incrementadas las funciones de su responsable higiénico con la necesidad de que éste supervise y controle todos los procedimientos terapéuticos aplicables a los residentes y con la necesidad de que garantice la correcta organización sanitaria de los recursos sanitarios comunitarios y de los recursos sanitarios propios o subcontratados.   

Se produce pues, una confluencia de diferentes estamentos médicos intra y extra-residenciales que puede generar problemas de coordinación entre los profesionales que prestan servicios, pero que en ningún caso deberían repercutir en la asistencia sanitaria que reciben los residentes.   

El COMB, consciente de las responsabilidades asistenciales y legales que tienen los médicos con responsabilidades directas o indirectas sobre los residentes y de la necesidad de dar a estos la atención médica de la máxima calidad posible, elaboró y publicó en diciembre de 2002 un Cuaderno de Buena Praxis respecto a cómo prestar una asistencia de calidad a las personas que están en residencias geriátricas.   

El COMB es consciente también de la existencia de situaciones mejorables en el entorno de la atención a los residentes, especialmente en lo que se refiere a la coordinación de los servicios asistenciales propios de la residencia con los del Centro de Atención Primaria, que debería basarse en una comunicación bidireccional de la información asistencial de ambos recursos, que permita compartir las decisiones clínicas e, incluso, farmacológicas, por lo que:

  • Manifestamos la vigencia del documento editado por el COMB en diciembre de 2002 con respecto a las recomendaciones específicas, éticas y legales.   
  • Reclamamos que el modelo de atención debe adecuarse a la realidad actual, donde el componente sanitario y social se ha convertido en las residencias geriátricas un elemento preponderante por la complejidad de los pacientes y la situación socioeconómica.    
  • Proponemos que desde la Administración, con la colaboración e implicación de los profesionales, se defina un modelo específico de atención a los pacientes residenciales que se adapte a la realidad actual, que defina y facilite la interrelación y coordinación entre los profesionales actuantes y donde se tenga en cuenta tanto el componente sanitario como el social, con el objetivo de garantizar la mejor atención posible.    

Consideramos que la asistencia sanitaria a los residentes y la prescripción farmacológica deben estar estrechamente ligados. Son los médicos de las residencias los que efectivamente y de manera preferente hacen esta tarea asistencial y entendemos que, para asegurar una atención de calidad y segura, es necesario implementar en las residencias herramientas que permitan la comunicación de los datos de la atención sanitaria del residente en la historia clínica compartida del sistema público, que permita al médico de la residencia hacer uso como herramienta de trabajo habitual.   

Barcelona, 4 de diciembre de 2014