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Comunicado de la Junta de Gobierno: suspensión cautelar de las normas 33 y 59 del Código de Deontología

Bienvenidos colegiados, como ya sabéis, el Código de Deontología aprobado por el Consejo de Colegios de Médicos de Cataluña, en su última actualización, es de aplicación desde el 1 de abril de 2005.

En relación a este texto deontológico, tenemos que informaros que dos de sus normas se encuentran provisionalmente sin efecto. Así lo ha acordado el 15 de septiembre de 2005 el Juzgado contencioso-administrativo nº12 de Barcelona en el recurso contencioso- administrativo presentado contra tres normas deontológicas (la 33, 59 y 67).

Reproducimos para vuestro conocimiento la decisión judicial: “Suspender cautelarmente la vigencia y ejecutividad de la norma 33 en lo que se refiere a la confidencialidad de la información respecto a los padres y tutores de los menores, suspender al mismo tiempo la norma 59 del Código de Deontología aprobado por acuerdo del Consejo de Colegios de Médicos de Cataluña en fecha 24 de enero de 2005, y establecer la obligación del Consejo demandado de dar la publicidad adecuada a esta resolución con tal de que pueda ser conocida por los eventuales afectados”.

La decisión de suspender provisionalmente la aplicación de estas normas se mantendrá, por lo menos, mientras no recaiga sentencia en el procedimiento judicial.

Barcelona, 29 de septiembre de 2005.

La Junta de Gobierno