Notícias

Los colegios de médicos y las sociedades científicas alertan del grave riesgo que suponen las terapias alternativas y las pseudociencias para los enfermos de cáncer

El Consejo de Colegios de Médicos de Catalunya (CCMC) elabora, con la participación y el consenso de la Sociedad Catalano-Balear de Oncología y la Sociedad Catalano-Balear de Cuidados Paliativos, un documento donde define y recuerda a los profesionales cómo deben actuar con los pacientes oncológicos de acuerdo con la buena práctica médica 


El documento de posición advierte que el incumplimiento de las indicaciones clínicas, legales y deontológicas supone una infracción muy grave que puede implicar la inhabilitación profesional 

Els col·legis de metges i les societats científiques alerten del greu risc que suposen les teràpies alternatives i les pseudociències per als malalts de càncer

Ante la preocupación que genera en la comunidad médica y científica y los profesionales sanitarios en general el incremento de la oferta y promoción de terapias alternativas y pseudociencias sin ninguna evidencia científica de su eficacia, especialmente cuando se dirigen a enfermos de cáncer, el Consejo de Colegios de Médicos de Catalunya (CCMC) consideró necesario elaborar un documento de posición donde se recuerda a los profesionales de la medicina cuáles son las conductas correctas, de acuerdo con la buena praxis y el Código de Deontología, que han guiar su actuación en el tratamiento de estos pacientes, que son especialmente vulnerables y están sometidos a gran sufrimiento. 

El documento El enfermo con cáncer. Los tratamientos oncológicos y paliativos y las terapias sin evidencia científica y pseudociencias, elaborado con la colaboración y el consenso de la Sociedad Catalano-Balear de Oncología Médica y la Sociedad Catalano-Balear de Cuidados Paliativos, alerta del riesgo que estas terapias suponen para la salud, dado que a menudo generan falsas expectativas y pueden impedir que los pacientes reciban el tratamiento adecuado y más eficaz para su enfermedad o propiciar el abandono del tratamiento prescrito por el médico. 

La función primordial de los Colegios de Médicos es velar por la defensa del ejercicio de la medicina adecuado a las buenas prácticas. La oferta de las llamadas terapias alternativas no es nueva y, desde mediados de la década de los 90, los Colegios no sólo han ido advirtiendo del riesgo que suponen para los pacientes, sino que han perseguido y denunciado médicos y no médicos a través de procesos que han derivado en condenas judiciales o administrativas

Especialmente significativa fue la resolución del año 1996 del CoMB y del CCMC de inhabilitación de un facultativo por haber recomendado a una paciente que abandonara los tratamientos quimioterápico y radioterápico indicados para el cáncer que padecía, siguiendo las teorías del método alternativo Hamer (actualmente conocido como Nueva Medicina Germánica). Dicha resolución fue confirmada judicialmente en 2001. 

Últimamente, la Junta de Gobierno del CoMB también acordó inhabilitar un médico por haber indicado a un paciente terapias alternativas al tratamiento convencional establecido para su enfermedad oncológica, induciéndolo a seguirlas de manera onerosa y abusiva.     

El documento de posición del CCMC insiste, pues, en los siguientes aspectos que deben guiar la actuación de los médicos: 
  • El paciente oncológico está sometido a un elevado sufrimiento e incertidumbre y esto hace que sea especialmente vulnerable.
  • La información al paciente sobre los beneficios esperados de los tratamientos que disponen de la mejor evidencia disponible debe ser rigurosa, comprensible, medida, prudente y esperanzadora, sin crear, sin embargo, falsas expectativas.
  • Hay que respetar el derecho del enfermo de no ser informado, pero nunca bajo este pretexto se puede aceptar la mentira, el engaño o la confusión.
  • Hay que respetar también el derecho del paciente a rechazar total o parcialmente un tratamiento, pero siempre que antes haya sido informado de las consecuencias previsibles.
  • Dado que los tratamientos oncológicos evolucionan constantemente, es necesaria una formación y actualización constantes por parte de los profesionales para tratar a los pacientes con las mejores garantías.
  • El enfermo de cáncer requiere una atención multidisciplinaria que integre tanto los aspectos médicos como los psicosociales.
  • Los cuidados paliativos pueden ser necesarios como tratamientos desde las etapas iniciales de la enfermedad hasta la curación o en el acompañamiento al final de la vida. Su objetivo es la atención al dolor y otros síntomas, así como ofrecer apoyo emocional, social y espiritual.
  • El médico no puede utilizar procedimientos ni prescribir medicamentos con los que no esté debidamente familiarizado y que no estén basados ??en la evidencia científica o en la eficacia clínica, aunque el paciente consienta o lo solicite.
  • Algunas terapias complementarias pueden suponer, en ocasiones, una ayuda para que los enfermos puedan hacer frente a la enfermedad. Es deseable que estos procedimientos se ofrezcan integrados en el mismo equipo de oncología o de cuidados paliativos que trata al paciente. Su supuesta inocuidad no justifica la indicación de cualquier terapia sin evidencia científica o eficacia clínica dándole la apariencia de tratamiento validado.
  • El médico que aplica terapias complementarias debe coordinarse con el médico responsable del tratamiento básico (oncólogo o de cuidados paliativos). Del mismo modo, en el médico responsable quien deriva al paciente a seguir un tratamiento complementario, es conveniente que promueva la coordinación entre ambos médicos.
  • Si un paciente informa al médico responsable que está siguiendo o quiere seguir un tratamiento complementario, es recomendable que el facultativo se informe sobre estos tratamientos para valorar su conveniencia o el riesgo de interferencia con el tratamiento principal y que reitere al paciente la necesidad de no abandonar el tratamiento principal.
  • Si el médico advierte que al paciente le están indicando terapias sin base científica o carentes de la eficacia clínica exigible en el contexto de la enfermedad oncológica como tratamiento alternativo, deberá comunicarlo al Colegio de Médicos que corresponda
  • El médico en ningún caso puede explotar ni abusar de la angustia del paciente ni actuar con exclusivo ánimo de lucro. La primera lealtad del médico es con su paciente y el acto médico debe dirigirse a promover, mantener y restablecer la salud; aliviar el dolor y el sufrimiento causados ??por la enfermedad y cuidar de los que no pueden ser curados. 
  • La publicidad médica debe ajustarse a la normativa legal y las normas deontológicas.    
El documento también insiste en que el incumplimiento de estas indicaciones de consenso científico y clínico en el tratamiento del enfermo oncológico, así como de las indicaciones legales y deontológicas, puede suponer la comisión de una infracción grave o muy grave y conllevar la inhabilitación del profesional de hasta cinco años para el ejercicio.

Por otra parte, los colegios de médicos catalanes o el CCMC, en su caso, también emprenderán las acciones que correspondan ante instancias administrativas o judiciales contra personas u organizaciones que actúen de manera intrusiva, aparentando la condición de profesionales de la medicina o siempre que se objetive un grave riesgo para la salud de los ciudadanos.

Resumen de prensa
Prensa escrita: