Todos los médicos colegiados asegurados en la póliza de Responsabilidad Civil y que ejerciten exclusivamente su profesión en una plaza o lugar de trabajo de Médico de Familia (la denominación "Médico de Familia incluye las plazas denominadas de Médico de Medicina General, Médico de Cabecera, Médico de cupo y zona o Médico de A.P.D.) pueden gozar, a partir del día 1 de enero del 2009, de una bonificación en la prima (prima trimestral de 106,68 €).
Póliza de responsabilidad civil profesional para sociedades profesionales
Las sociedades profesionales se pueden adherir a la póliza colectiva contratada con la Compañía Zurich.
Condiciones para darse de alta en la póliza:
- estar adaptada a la Ley 2/2007, de 15 de marzo, de sociedades profesionales.
- estar previsto, en su objeto social, el ejercicio en común de la medicina.
- estar debidamente inscrita en el Registro de Sociedades Profesionales del Colegio de Médicos de Barcelona.
- que todos los socios profesionales que tienen la condición de médicos colegiados en cualquier de los Colegios de Médicos de Cataluña estén dados de alta en esta póliza.
- que la sociedad tenga una facturación por prestación de servicios médicos que no supere el importe de 500.000 € anuales.